La Ordenanza N.º 48.499 determina: Art. 1.º: Institúyase el día 20 de julio de cada año como el “Día del Buen Compañero”, que será incorporado al Calendario Escolar de todas las escuelas dependientes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, entregándose el premio correspondiente en el acto de fin de curso.
Art. 2.º: La elección del destinatario del premio se efectuará anualmente, mediante el voto secreto de los alumnos, quienes tendrán en cuenta, según el nivel de que se trate, las virtudes personales, la aptitud para la convivencia y la colaboración grupal.
domingo, 20 de julio de 2008
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